Justo Rodríguez Braga

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Hola, en relación al artículo Justo Rodríguez Braga he de comentarle que las colaboraciones con esta enciclopedia se rigen por una serie de políticas y convenciones, así como por los términos de uso que se aceptan al crear o editar las páginas. Me permito aclararle varios puntos en los que creo que está confundido.

  • Los artículos no son de nadie, ni del creador, ni en este caso del biografiado y cualquiera puede editarlos siguiendo las políticas.
  • No se puede eliminar información que esté debidamente referenciada con fuentes fiables. El hecho de que el biografiado haya sido declarado culpable de un delito forma parte de su biografia tanto como su fecha de nacimiento. Y antendiendo al principio de neutralidad se debe recoger tanto la información positiva como la negativa siempre que sea relevante.
  • Respecto a las referencias eliminadas le ruego lea con atención Wikipedia:Referencias, Wikipedia:Fuentes fiables y Wikipedia:Conflicto de intereses. En resumen no puede emplear referencias directamente relacionadas con el biografiado ya que no puede garantizarse su neutralidad.
  • Como consecuencia del primer punto, si la imagen es libre y se trata de una figura pública, no puede retirarla por dos razones fundamentales:
    • No hay forma de comprobar que efectivamente uds habla por el interesado.
    • Aunque fuera así, los artículos no se modifican a petición de los interesados o de sus representantes.

Si tiene alguna duda puede acudir a la página de discusión del artículo o a la mía propia. Un saludo.-- Creosota (discusión) 09:27 20 dic 2013 (UTC)Responder

Hola, en relación a la biografía de Justo Rodríguez Braga, y a las condiciones de Wikipedia,consideramos que la fuente más fiable no son los medios de comunicación, sino la propia sentencia judicial, que fue publicada en internet y en la que se puede comprobar cómo las modificaciones que se han incorporado corresponden totalmente a la realidad. Fueron muchas muchas las acusaciones de la demanda y de todas ellas fue absuelto, excepto de una. Esto creo que queda objetivamente reflejado en la nueva redacción que proponemos ahora, pues lo otro resulta tendencioso y mediático. Un saludo muy cordial.— El comentario anterior sin firmar es obra de 85.152.2.169 (disc.contribsbloq). -- Creosota (discusión) 11:36 26 dic 2013 (UTC)Responder


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