Usuario:MetroVal/España
Estado de España | ||
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Estado miembro de la Unión Europea | ||
Archivo:Imagen escudo=Nuevo Escudo de España.png | ||
Capital |
Madrid | |
Sede de gobierno | Palacio de la Moncloa | |
Forma de gobierno | República federal presidencialista | |
Formación Unificación Reforma borbónica Constitución Democracia Estado español Nueva Democracia República actual |
17 de marzo de 1517 13 de julio de 1716 19 de marzo de 1812 14 de abril de 1931 1 de abril de 1939 6 de diciembre de 1978 5 de julio de 2036 | |
Superficie | ||
• Total | 505 944 km² | |
Población total | ||
• Censo | 51 342 806 hab. | |
• Densidad | 101,48 hab./km² | |
• Per cápita | USD 46 820 |
España, oficialmente Estado Español[nota 1] es un país soberano transcontinental, cuya forma de gobierno es la República Federal Presidencialista. Se constituye como un estado social de derecho y democrático. Es un país miembro de la Unión Europea.
Gobierno y Política
editarEspaña se constituye como un estado democrático y federal, con características únicas en su versión del modelo presidencial. La constitución establece diferentes figuras dentro del marco político-jurídico español.
- Presidente de la Federación: Es el Jefe de Estado y Jefe de Gobierno del Español. Es elegible cada 4 años, con un límite de 2 mandatos mediante sufragio universal. Tiene el poder de designar a los ministros y el Presidente del Consejo Federal de los Estados. Ha de supervisar el cumplimiento de las leyes federales en los diferentes Estados, junto con el Presidente del Consejo de Estados. Su gabinete, y él mismo (de forma independiente), tienen iniciativa legislativa dentro de la Asamblea Federal, así como los diputados que la componen.
- Presidente del Consejo de Estados[nota 2]: Es el Jefe y Supervisor del Conjunto Estatal de España. Es elegible cada 5 años, con un límite de 2 mandatos mediante sufragio universal. Tiene el poder de proponer candidatos a Presidentes Estatales y supervisar el cumplimiento de las leyes federales en los diferentes Estados, junto con el Presidente. Tiene iniciativa de ley (de forma individual), a diferencia del resto de diputados, que han de ser como mínimo 5 para impulsar una proposición.