Teorema de la identidad

En análisis complejo y en análisis real, dos ramas de las matemáticas, el teorema de la identidad da una condición suficiente para asegurar la igualdad de funciones analíticas (es decir, que coinciden localmente con sus series de Taylor) en dominios (conjuntos abiertos conexos). A saber, si dos funciones analíticas en un conjunto abierto y conexo (de o de ) coinciden en un subconjunto que tiene un punto de acumulación, entonces deben coincidir en todo el dominio .[1]

Así, una función analítica queda unívocamente determinada por sus valores en cualquier abierto de , por pequeño que sea, pues tiene puntos de acumulación, o incluso por un subconjunto contable de , siempre y cuando este contenga una sucesión convergente a un punto de . Informalmente, el teorema se suele resumir diciendo que las funciones analíticas son "rígidas", en oposición a, por ejemplo, las funciones continuas, que son más "flexibles", pues no basta un conjunto "tan pequeño" de puntos para determinarlas.

El teorema tiene especial importancia en el contexto del análisis complejo porque las funciones holomorfas (el equivalente complejo de las funciones derivables) son inmediatamente analíticas (ver la demostración de esto aquí). Así, toda función holomorfa en un conjunto abierto conexo queda unívocamente determinada por la imagen de un conjunto con un punto de acumulación. El resultado análogo en análisis real no es cierto, ni siquiera para funciones infinitamente derivables, pues estas no tienen por qué coincidir localmente con sus series de Taylor (es decir, no tienen por qué ser analíticas) y no se les puede aplicar el teorema de la identidad.

Por otro lado, es necesario que el dominio sea conexo. Por ejemplo, si es la unión de dos abiertos disjuntos (luego no conexo), puede valer en uno y en el otro, y valer en uno y en el otro. Ambas funciones son analíticas (porque son constantes en cada abierto) y coinciden en un conjunto (el primer abierto) que tiene puntos de acumulación. Sin embargo, y son funciones distintas.

Enunciado

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Sean   y   funciones analíticas definidas en un conjunto abierto y conexo   (ya sea de   o de  ). Sea   el conjunto de puntos donde coinciden. Si   tiene un punto de acumulación   dentro de  , entonces   y   coinciden en todo   o, lo que es lo mismo,  .

Demostración

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Basta demostrar el caso en el que una de las funciones (digamos  ) es nula. El caso general se deduce como sigue: tomamos la función   (analítica por ser resta de analíticas) y la función idénticamente nula. Si   coincide con   en un conjunto   con un punto de acumulación en  , también lo hacen   y la función 0. Por el caso que vamos a demostrar,   en todo  , y concluimos que   en  .

Ahora, sea   un punto de acumulación de   (que sabemos que existe por hipótesis). Existe entonces una sucesión   de puntos de   distintos de   que converge hacia  . En  , la función   coincide por hipótesis con la función nula, por lo que, para cada  , tenemos que  .

Primero vamos a demostrar que   es idénticamente nula en un disco suficientemente pequeño que contiene el punto de acumulación  . Para ello, empezamos tomando   un disco centrado en   totalmente contenido en   en el que   coincide con una serie de potencias (podemos porque   es analítica y   es abierto):

 .

Veamos que   se anula en todo el disco  . Buscando una contradicción, supongamos que   no fuera idénticamente nula en el disco. Entonces tendría que existir el menor entero   para el cual  . Podríamos factorizar   en el disco como

 .

Observamos que  , por lo que en un entorno de   la función   no se anularía (pues   es analítica y, por tanto, continua). Pero ahora, tomando la sucesión de puntos   distintos de  , que convergía a  , tendríamos que

  1.  , pues los puntos   son siempre distintos de  , y
  2.   para   suficientemente grande, pues, al converger hacia  , hay un momento a partir del que la sucesión de   entra en el entorno de   donde   no se anula.

Así pues,   para   suficientemente grande, por la igualdad de arriba. Pero habíamos tomado   de forma que  . Esto es una contradicción, y proviene de suponer que   no era idénticamente nula en el disco.

Con lo anterior hemos visto que   tiene interior no vacío (todo el disco   está en  , y el interior de un disco es no vacío). Ahora, sea   el interior (no vacío) de  ; por ser el interior de un conjunto es abierto. Si vemos que   es cerrado, habremos acabado: en efecto, sería un subconjunto clopen del conjunto conexo   y, como tal, sólo podría ser el vacío o el total. Como no es vacío, concluimos que  , de forma que también  . Por definición de  , tenemos que  , que es lo queríamos demostrar.

Para ver que   es cerrado, consideremos una sucesión   de puntos de   que converja a un cierto   y veamos que  . Tenemos que   para todo  , pues  , y esa es la definición de  . Por continuidad de  , tenemos que  , de donde  . Para ver que   es un punto interior de   podemos usar el argumento anterior para demostrar que   se anula en todo un disco alrededor de  . Así, hay todo un disco alrededor de   que también está contenido en  , de manera que  , como queríamos.  

Referencias

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  1. Para funciones de variable real, véase Krantz, Steven G.; Parks, Harold R. (2002). A Primer of Real Analytic Functions (en inglés) (Segunda edición). Boston: Birkhäuser. Corolario 1.2.7. ISBN 0-8176-4264-1. 

Bibliografía

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  • Stein, Elias M.; Shakarchi, Rami (2003). Complex Analysis (en inglés). Princeton University Press. ISBN 0-691-11385-8.