Sentencia 164/2001 del Tribunal Constitucional de España
La Sentencia 164/2001 es una resolución dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional de España y que declaró inconstitucionales, o interpretó de manera conforme a la Constitución, varios artículos de la Ley del Suelo de 1998 que invadían las competencias en materia de urbanismo de las comunidades autónomas y los ayuntamientos. Formuló un voto particular discrepante el magistrado Jiménez de Parga.
STC 164/2001 | ||
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Sede del Tribunal Constitucional de España | ||
11 de julio de 2001 | ||
Jurisprudencia de Tribunal Constitucional de España | ||
Datos de la Sentencia | ||
Dictada por | Pleno (12 Magistrados): Pedro Cruz Villalón (Presidente), Carles Viver Pi-Sunyer, Rafael de Mendizábal Allende, Julio Diego González Campos, Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Tomás S. Vives Antón, Pablo García Manzano, Pablo Cachón Villar, Fernando Garrido Falla, Vicente Conde Martín, Guillermo Jiménez Sánchez y María Emilia Casas Baamonde | |
Procedimiento | Recurso de Inconstitucionalidad (acumulados 3004/1998 y 3182/1998) | |
Ponente de la sentencia | Fernando Garrido Falla | |
Votos particulares | 1 discrepante (Jiménez de Parga) | |
Normas aplicadas | ||
149.1 CE'78; Ley del suelo de 1998 | ||
Publicada en el BOE, núm. 194, de 14 de agosto de 2001. Corrección de errores en el BOE núm. 254, de 23 de octubre de 2003 | ||
Se le atribuye haber frenado la liberalización del mercado del suelo en España.[1]