Registro General de Bienes de Interés Cultural
El Registro General de Bienes de Interés Cultural es un registro de los bienes de interés cultural de España.
Descripción
editarEstablecido por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y dependiente de la Administración General del Estado, los bienes declarados de interés culturalson inscritos en él. Cuando se incoan expedientes para la declaración de bienes, se notifica tal circunstancia al registro, causando la correspondiente anotación preventiva hasta que recaiga una resolución definitiva.[1] Se Los bienes incluidos en este registro están sometidos a una fiscalidad especial.[2]
En la base de datos se incluyen los bienes culturales protegidos, que son tanto patrimonio mueble (los de este tipo también pueden figurar, además de en el Registro General, en el denominado «Inventario General de Bienes Muebles») como inmueble. En ese registro se incluyen tanto los BIC declarados por el Ministerios de Cultura, como los que declaran las Comunidades Autónomas.[3] Existen diversos tipos de bienes inmuebles, declarados BIC de forma genérica, que no están incluidos.[4]
Depende de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico[3] del Ministerio de Cultura y Deporte.
Véase también
editarReferencias
editar- ↑ «Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español». Boletín Oficial del Estado (155): 12534. 29 de junio de 1985. ISSN 0212-033X.
- ↑ Fernández Guerrero, Vicente (2012). «La fiscalidad de los bienes de interés cultural». Revista PH (IAPH) (82): 50-53. ISSN 2340-7565.
- ↑ a b «REAL DECRETO 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español». Boletín Oficial del Estado (24): 12534. 28 de enero de 1986. ISSN 0212-033X.
- ↑ «Consulta a la base de datos de bienes inmuebles». mecd.gob.es. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.