Mireya Rodríguez Díaz

Desaparecida de la dictadura de Pinochet

Mireya Herminia Rodríguez Díaz fue una secretaria, militante del Partido Socialista de Chile, detenida por agentes de la DINA el 25 de junio de 1975. Tenía 33 años a la fecha de la detención, es una de las mujeres detenidas desaparecidas de la dictadura militar en Chile.

Mireya Rodríguez Díaz
Información personal
Nacionalidad Chilena
Información profesional
Ocupación Secretaria
Partido político Partido Socialista de Chile

Una secretaria es detenida por la DINA

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Mireya Rodríguez Díaz, secretaria, militante del Partido Socialista, fue detenida el 25 de junio de 1975, junto a Exequiel Ponce dirigente socialista y de quien ella era enlace. Hasta hoy, ambos permanecen detenidos desaparecidos. Detenidos por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), además de llevarse detenida a la pareja, se llevaron todos los efectos personales que poseían. Testigos han confirmado la presencia de Mireya Rodríguez y Exequiel Ponce en Villa Grimaldi. Una testigo quien permaneció en ese recinto secreto de detención de la DINA declaró que en el mes de julio de 1975 vio en el patio de Villa Grimaldi a Mireya Rodríguez y a Carolina Wiff. La detención y desaparición de Mireya se inscribe en una acción de la DINA en contra de los dirigentes del Partido Socialista, miembros de la Comisión Política, sus enlaces y correos. En este operativo se efectuaron las detenciones de Michelle Peña, Exequiel Ponce, Mireya Rodríguez, Carlos Lorca, Ricardo Lagos y de la afectada. En el mes de julio de ese mismo año, fueron detenidas Rosa Soliz Poveda y Sara Donoso Palacios, quienes estaban bajo las órdenes partidarias de Carolina Wiff. Todos ellos permanecen como detenidos desaparecidos. Hasta el día de hoy, Mireya Rodríguez es una detenida desaparecida, sin que haya sido posible haber logrado determinar cuál fue su destino.[1]

Proceso judicial en dictadura

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El 27 de junio de 1975 se presentó un recurso de amparo por Mireya Rodríguez en la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 793-75. Se presentó un nuevo recurso de amparo por la afectada, el 17 de septiembre de 1975. En la presentación se decía que la afectada había sido vista en un recinto de detención por una testigo, en julio de 1975. El 8 de octubre, la Corte rechazó el amparo. El 18 de octubre de 1975, el 8.º Juzgado del Crimen de Santiago instruyó el sumario rol 12.758 por el desaparecimiento de Mireya Rodríguez. El 30 de agosto de 1976, se cerró el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa. El 1 de agosto de 1978, familiares de la afectada concurrieron, junto a familiares de otros detenidos-desaparecidos, al 10.º Juzgado del Crimen de Santiago para adherir a una querella por el delito de secuestro en contra del General Manuel Contreras Sepúlveda, de Marcelo Luis Manuel Moren Brito y de Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo. El juez se declaró incompetente y remitió los antecedentes a la Justicia Militar, la que los radicó en la 2.º Fiscalía Militar de Santiago. Sin que se realizaran diligencias durante cuatro años, el 20 de noviembre de 1989, el teniente coronel de Ejército Enrique Ibarra Chamorro, fiscal general militar, solicitó para esta causa la aplicación del Decreto Ley de Amnistía (D.L. 2.191). El 30 de noviembre de 1989 la solicitud fue acogida por el 2.° Juzgado Militar, el que sobreseyó total y definitivamente la causa.[1]

Informe Rettig

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Familiares de Mireya Rodríguez presentaron su caso ante la Comisión Rettig, Comisión de Verdad que tuvo la misión de calificar casos de detenidos desaparecidos y ejecutados durante la dictadura. Sobre el caso de Mireya Rodríguez, el Informe Rettig señaló que:

“En la madrugada del 25 de junio de 1975 fueron detenidos en conjunto, en una pieza que arrendaban en la parte de atrás de una casa en Santiago, Exequiel PONCE VICENCIO, de 40 años, obrero portuario, ex-Director de la CUT y miembro de la Comisión Política del Comité Central del PS y su enlace Mireya Herminia RODRIGUEZ DIAZ, de 33 años.

Exequiel Ponce había entrado a la clandestinidad el mismo 11 de septiembre de 1973 y había enviado a su familia al extranjero. Ocupaba, a la fecha de su detención, uno de los cargos más importantes de su partido en Chile.

Esta Comisión ha recibido diversos testimonios que permiten formarse convicción que ambos fueron detenidos y llevados al recinto de la DINA de Villa Grimaldi. Desde ese momento no se ha sabido nada de ellos.

La Comisión está convencida de que la desaparición de ambos fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos”.[2]

Proceso judicial en democracia

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El caso de Mireya Rodríguez Díaz fue investigado por ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, en el caso que se denominó "Comité Central Partido Socialista" que tuvo como fin el investigar a los responsables de la detención y desaparición de 11 integrantes del Comité Central del Partido Socialista, detenidos en diversas fechas del año 1975 por agentes de la DINA.

Los 11 militantes socialistas que son parte de este caso son:

El 18 de diciembre de 2018 el magistrado Miguel Vázquez Plaza, condenó a seis exmiembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de 11 integrantes del Comité Central del Partido Socialista. En el fallo el ministro condenó a Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a la pena de 20 años de prisión efectiva, como coautor de los delitos de secuestro calificado de Alfredo Rojas Castañeda, Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Mireya Herminia Rodríguez Díaz y Exequiel Ponce Vicencio. En tanto, los exagentes Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo y Manuel Andrés Carevic Cubillos deberán purgar 18 años de prisión, como coautores de los secuestros calificados de Alfredo Rojas Castañeda, Adolfo Ariel Mancilla Ramírez, Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Exequiel Ponce Vicencio, Mireya Herminia Rodríguez Díaz, Carlos Enrique Lorca Tobar, Modesta Carolina Wiff Sepúlveda, Rosa Elvira Soliz Poveda, Sara de Lourdes Donoso Palacios y Jaime Eugenio López Arellano. En el caso de Gerardo Ernesto Urrich González, el ministro lo condenó a 16 años de prisión efectiva, como coautor de los delitos de secuestro calificado de Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Exequiel Ponce Vicencio, Mireya Herminia Rodríguez Díaz, Carlos Enrique Lorca Tobar, Modesta Carolina Wiff Sepúlveda, Rosa Elvira Soliz Poveda, Sara de Lourdes Donoso Palacios y Jaime Eugenio López Arellano. Finalmente, los agentes represores: Miguel Krassnoff Martchenko, deberá cumplir 15 años y un día de prisión, en calidad de autor de los delitos de secuestro calificado de Alfredo Rojas Castañeda y Exequiel Ponce Vicencio; y Juvenal Alfonso Piña Garrido, 12 años de prisión, como coautor de los secuestros calificados de Alfredo Rojas Castañeda, Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Mireya Herminia Rodríguez Díaz y Exequiel Ponce Vicencio. En la causa, se decretó la absolución del agente Jorge Madariaga Acevedo.[3]

En la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer la siguiente secuencia de hechos:

“a) Que, a fines de 1973 una importante dotación de funcionarios de las distintas Fuerzas Armadas y de Orden, fueron llevados en grupos, a dependencias del Ejército de Chile ubicado en Rocas de Santo Domingo, siendo en su mayoría del Ejército y Carabineros de Chile, a los que se entregaron conocimientos para la represión y combate a militantes y dirigentes de partidos políticos de la época.

b) Que, con posterioridad a estos cursos de instrucción básica de inteligencia, los asistentes fueron destinados a la Dirección Nacional de Inteligencia, siendo desplegados a diversos cuarteles, para desarrollar la represión de grupos políticos, entre ellos el Partido Socialista, para lo cual contaban con una estructura consistente en una Brigada de Inteligencia Metropolitana, con un Director o Jefe y su respectiva Plana Mayor, contando para ello con Agrupaciones o Brigadas, como Lautaro, Caupolicán y Purén, siendo esta última la encargada principal de la represión de la dirigencia del Partido Socialista, sin perjuicio de que podían operar juntas o intercambiar integrantes con las otras agrupaciones, para lo cual, además, contaban con centros clandestinos de detención.

c) Que, en la Plana Mayor de Villa Grimaldi, se realizaba un listado periódico de los detenidos, según la información proporcionada por las Brigadas Purén y Caupolicán.

d) Que, el 4 de marzo de 1975 fue detenido, al salir de su trabajo en dirección a su domicilio, Alfredo Rojas Castañeda, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, el que fue visto por testigos en el centro de detención Villa Grimaldi, desconociéndose desde esa fecha su paradero actual.

e) Que, el 14 de marzo de 1975, agentes de la DINA detuvieron a Adolfo Ariel Mancilla Ramírez en el domicilio de calle Ricardo Cumming N.º 732 de Santiago, y fue visto recluido en el recinto ilegal de detenidos Villa Grimaldi, desconociéndose desde esa fecha su paradero.

f) Que, el 25 de junio de 1975, cerca de las 01:00 horas, Exequiel Ponce Vicencio, miembro del Comité Central del Partido Socialista de Chile, fue detenido por agentes de la DINA en calle Tocornal N° 557, en compañía de su enlace Mireya Rodríguez Díaz, trasladándolo al centro de detención Villa Grimaldi, desconociéndose desde esa fecha su paradero.

g) Que, el 25 de junio de 1975, cerca de las 01:00 horas, Mireya Herminia Rodríguez Díaz, quien se desempeñaba como enlace del Partido Socialista, fue detenida en calle Tocornal N.º 557, Santiago, cuando estaba en compañía de Exequiel Ponce Vicencio por agentes de la DINA, quienes la llevaron al centro ilegal de detenidos Villa Grimaldi, desconociéndose su paradero actual.

h) Que, entre el 20 y el 25 de junio de 1975, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, integrante del Partido Socialista y miembro de su Comité Central, fue detenido por agentes de la DINA en el sector de Villa Las Rejas y llevado al recinto de Villa Grimaldi, desconociéndose su paradero actual.

i) Que, entre el 20 y el 25 de junio de 1975, Michelle Marguerite Peña Herreros, integrante del Partido Socialista, fue detenida por agentes de la DINA en el sector de Villa Las Rejas, siendo trasladada al recinto de Villa Grimaldi, desconociéndose su paradero actual.

j) Que, alrededor de las 16:00 horas del 25 de junio de 1975, Carlos Enrique Lorca Tobar, militante del Partido Socialista e integrante del Comité Central, cuando llegó al domicilio de Maule N.º 130, comuna de Santiago, donde vivía Modesta Wiff Sepúlveda, en circunstancias que la casa había sido ocupada horas antes por agentes de la DINA, fue detenido y trasladado a Villa Grimaldi, siendo visto por otros prisioneros y parte de la tortura a la que fue sometido, desconociéndose su actual paradero.

k) Que, alrededor de las 16:00 horas del 25 de junio de 1975, Modesta Carolina Wiff Sepúlveda, quien se desempeñaba como enlace del Partido Socialista, fue detenida en el domicilio de Maule N.º 130, comuna de Santiago, por agentes de la DINA que previamente habían ocupado la casa, para luego trasladarla a Villa Grimaldi, desconociéndose su actual paradero

l) Que, el 7 de julio de 1975, Rosa Elvira Soliz Poveda, quien se desempeñaba como enlace del Partido Socialista, fue detenida por agentes de la DINA, siendo vista después en poder de sus captores al interior de un vehículo, desconociéndose su paradero actual.

m) Que, el 15 de julio de 1975, a las 08:30 horas, llegando al consultorio donde trabajaba, ubicado en Independencia N° 1345, comuna de Independencia, Sara de Lourdes Donoso Palacios, que se desempeñaba como enlace del Partido Socialista, fue detenida por agentes de la DINA, siendo vista después al interior de un vehículo de la DINA en poder de sus captores, desconociéndose su paradero actual.

n) Que, Jaime Eugenio López Arellano, militante del Partido Socialista de Chile e integrante de su Comisión Política, fue detenido por la DINA los últimos días de diciembre de 1975 y llevado a Villa Grimaldi, donde fue visto hasta el mes de marzo de 1976 aproximadamente, desconociéndose su actual paradero.[3]

Véase también

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Referencias

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  1. a b Mireya Rodríguez en Memoria Viva
  2. “Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación”. Santiago. Edición Oficial. 1991. p. 845.
  3. a b c «Ministro Miguel Vázquez condena a seis exagentes de la DINA por secuestro de comité central del PS en 1975». Archivado desde el original el 31 de enero de 2020. Consultado el 19 de febrero de 2020. 

Bibliografía

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  • Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1991). Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Santiago: Edición Oficial. 

Enlaces externos

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