Intención genocida

mens rea para el delito de genocidio

La intención genocida es la mens rea (el elemento mental) del delito de genocidio.[1]​ La intención de destruir es uno de los elementos del delito de genocidio según la Convención de 1948 sobre el genocidio.[2]​ Existe un «debate sobre la intención» no resuelto acerca de si el dolus directus (‘intención directa’, es decir, que el autor cometió el acto con conocimiento de sus consecuencias perjudiciales y con el deseo de causar ese daño) debe probarse para condenar por genocidio, o si un criterio basado en el conocimiento debería bastar para condenar por genocidio.[3]

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Para que un acto se clasifique como genocidio, es esencial demostrar que los autores tenían un objetivo deliberado y específico (dolus specialis) de destruir físicamente al grupo basándose en su nacionalidad, etnia, raza o religión real o percibida. La intención de destruir la cultura del grupo o la intención de dispersar al grupo no es suficiente.[4]

Interpretaciones judiciales

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Los tribunales penales internacionales

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El Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY), el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) y el Tribunal Internacional de Justicia han dictaminado que, en ausencia de una confesión, la intención genocida puede probarse con pruebas circunstanciales, especialmente «la magnitud de las atrocidades cometidas, su carácter general, en una región o un país, o además, el hecho de dirigirse deliberada y sistemáticamente contra las víctimas por su pertenencia a un grupo determinado, excluyendo a los miembros de otros grupos».[5][6][7][8][9][10][11][12][13][14][15]

Criterios de intención

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No hay controversia sobre el hecho de que probar el dolus directus cumpliría el requisito de intencionalidad de la Convención del delito de genocidio; el criterio más débil del dolus indirectus (‘intencionalidad indirecta’, es decir, que el autor no deseaba el daño, pero lo preveía como resultado cierto de sus acciones y cometió el acto con este conocimiento) está menos clara.

Algunos académicos sostienen que un criterio basado en el conocimiento facilitaría la obtención de condenas. Algunos de los casos de tribunales internacionales existentes, como Akayesu y Jelisić, han rechazado este criterio.[16]

La absolución de Jelisić en virtud del criterio más oneroso fue controvertida, y un académico opinó que los nazis habrían quedado en libertad en virtud de la sentencia del TPIY. Cuando Radislav Krstić se convirtió en el primer serbio condenado por el TPIY en virtud del criterio basado en la finalidad, el tribunal de Krstić explicó que su decisión no descartaba un criterio basado en el conocimiento en virtud del derecho internacional consuetudinario (costumbre internacional).[16]

En 2010, el Tribunal para los Jemeres Rojos se remitió al precedente del TPIR al debatir el papel de la intención genocida.

Debate

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En la Comisión de Investigación de las Naciones Unidas sobre la guerra de Darfur de 2004, Claus Kress argumentó que el TPIY y el TPIR eran incorrectos en su visión de la intención genocida de los individuos. Hans Vest defendió los papeles interrelacionados de la intención de un individuo y la expectativa del individuo de contribuir a una acción colectiva. Kjell Anderson discutió las formas de separar los papeles de las políticas colectivas y su interacción con la intención individual. Olaf Jenssen se mostró en desacuerdo con la falta de condena de Goran Jelisić por intención genocida, argumentando que la coherencia jurídica implicaría que algunos de los autores del Holocausto no habrían sido condenados por genocidio.

  • Akayesu: el tribunal rechazó el criterio basado en el conocimiento.
  • Jelisić: absolución según la norma más onerosa, polémica por sus implicaciones.
  • Krstić: primer serbio condenado por el TPIY según el criterio basado en la finalidad; no descartó un criterio de conocimiento según la costumbre internacional.

Referencias

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  1. Simon, Thomas W. (2016). Genocide, Torture and Terrorism: Ranking International Crimes and Justifying Humanitarian Intervention (en inglés). Nueva York: Palgrave Macmillan. p. 17. ISBN 978-1-349-56169-8. 
  2. «En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir [las negritas son nuestras], total o parcialmente ...» (art. 2, Convención sobre el genocidio, 9 de diciembre de 1948).
  3. Rodenhäuser, Tilman (2018). Organizing Rebellion: Non-state Armed Groups Under International Humanitarian Law, Human Rights Law, and International Criminal Law (en inglés). Óxford: Oxford University Press. p. 284. 
  4. «Oficina para la Prevención del Genocidio y sobre la Responsabilidad de Proteger de las Naciones Unidas». www.un.org. Consultado el 26 de enero de 2024. 
  5. Lattanzi, Flavia (2018). «The Armenian Massacres as the Murder of a Nation?». The Armenian Massacres of 1915–1916 a Hundred Years Later: Open Questions and Tentative Answers in International Law (en inglés). Springer International Publishing. pp. 27–104 [65–66]. ISBN 978-3-319-78169-3. 
  6. Smith, Roger W. (1999). «State Power and Genocidal Intent: On the Uses of Genocide in the Twentieth Century». Studies in Comparative Genocide (en inglés). Palgrave Macmillan UK. pp. 3-14. ISBN 978-1-349-27348-5. 
  7. Campbell, Jason J. (2012). On the Nature of Genocidal Intent (en inglés). Lexington Books. ISBN 978-0-7391-7847-8. 
  8. Kim, Sangkul (2016). A Collective Theory of Genocidal Intent (en inglés). Springer. ISBN 978-94-6265-123-4. 
  9. Clark, Janine Natalya (2015). «Elucidating the Dolus Specialis: An Analysis of ICTY Jurisprudence on Genocidal Intent». Criminal Law Forum 26 (3–4): 497-531. S2CID 143072669. doi:10.1007/s10609-015-9260-5. 
  10. «Three Responses to 'Can There Be Genocide Without the Intent to Commit Genocide?'». Journal of Genocide Research 10 (1): 111-133. 2008. S2CID 216136915. doi:10.1080/14623520701850955. 
  11. Aydin, Devrim (2014). «The Interpretation of Genocidal Intent under the Genocide Convention and the Jurisprudence of International Courts». The Journal of Criminal Law 78 (5): 423-441. S2CID 144141503. doi:10.1350/jcla.2014.78.5.943. 
  12. Behrens, Paul (2015). «Between Abstract Event and Individualized Crime: Genocidal Intent in the Case of Croatia». Leiden Journal of International Law 28 (4): 923-935. S2CID 152124051. doi:10.1017/S0922156515000503. 
  13. Singleterry, Douglas (2010). «"Ethnic Cleansing" and Genocidal Intent: A Failure of Judicial Interpretation?». Genocide Studies and Prevention 5 (1): 39-67. doi:10.3138/gsp.5.1.39. 
  14. Dojčinović, Predrag (2016). «The chameleon of mens rea and the shifting guises of culture-specific genocidal intent in international criminal proceedings». Journal of Human Rights 15 (4): 454-476. S2CID 148074049. doi:10.1080/14754835.2015.1127139. 
  15. Ambos, Kai (2009). «What does 'intent to destroy' in genocide mean?». Revista Internacional de la Cruz Roja 91 (876): 833-858. doi:10.1017/S1816383110000056. 
  16. a b Nersessian, David L. (2002). «The Contours of Genocidal Intent: Troubling Jurisprudence from the International Criminal Tribunals». Texas International Law Journal 37: 231. 

Bibliografía

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  • Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio, hecho en París el 9 de diciembre de 1948. Serie de Tratados de las Naciones Unidas n.º 78 1021. Cf. Boletín Oficial del Estado núm. 34, de 8 de febrero de 1969, pp. 1944.