Discusión:Municipios de Argentina con carta orgánica

(Redirigido desde «Discusión:Municipios autónomos de la Argentina»)
Último comentario: hace 2 años por Nerêo en el tema La ambigüedad del término municipio

Un par de comentarios sobre el artículo:

Al leerlo uno no se hace idea de qué es un municipio autónomo, aparece lo que dice la constitución pero no está claramente explicado qué es o qué sería un municipio autónomo, lo que da sentido al artículo, por su título.
Tal vez el artículo debiera denominarse Municipio autónomo (Argentina).
La sección de enlaces externos conviene quitarla casi toda y reemplazarla por referencias <ref></noref> con su propia sección y citados en cada uno de los lugares del artículo a los que corresponden.

Barcex 23:32 12 nov 2006 (CET)

Recojo sugerencias, en principio quería juntar a todos los municipios autónomos en un sólo artículo ya que no encontré nada así en la Web, hice ese trabajo, ahora lo iré ampliando. Saludos. --Nerêo 03:41 14 nov 2006 (CET)

Informe de error

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LA LISTA DE CARTAS ORGANICAS MUNICIPALES DE RIO NEGRO CONTIENE ERRORES EN CUANTO A LAS FECHAS DE VIGENCIA DE LAS ÚLTIMAS CARTAS SANCIONADAS. POR EJEMPLO SAN ANTONIO OESTE APARECE COMO DEL AÑO 1989 Y SE HA SANCIONADO UNA NUEVA EN EL AÑO 2012. LO MISMO VIEDMA Q - --200.41.239.11 (discusión) 00:31 26 mar 2013 (UTC)  Trasladado desde Wikipedia:Informes de error por Jembot (discusión) 21:13 21 abr 2013 (UTC)Responder

No hay error, se refiere al año que sancionó la primera carta orgánica. Saludos.-- Nerêo | buzón 16:43 6 oct 2018 (UTC)Responder

Enlaces rotos

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Elvisor (discusión) 03:17 29 nov 2015 (UTC)Responder

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La ambigüedad del término municipio

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Estimados,

Creo que habría que elegir otra palabra, que no sea municipio, para referirse a los partidos, departamentos o municipalidades (término tradicional), porque no existe mención en la Constitución Nacional de nada que se llame municipio.

Saludos. St.Corp. (discusión) 01:46 8 may 2022 (UTC)Responder

No hay ambigüedad jurídica con la palabra municipio, está bien establecida, en todo caso se podría decir que los municipios sueles ser llamados de otras formas, pero al fin y al cabo son municipios. La mención en la Constitución Nacional es indirecta, dice municipal y municipales, que de acuerdo al diccionario significa perteneciente o relativo al municipio.[1] En sentido más preciso, los partidos y departamentos son primariamente circunscripciones territoriales y la municipalidad o ayuntamiento es la institución que gobierna un municipio, es decir que el municipio es un término que engloba varios conceptos.-- Nerêo | buzón 15:54 31 may 2022 (UTC)Responder
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