Consejo Nacional de Política Económica y Social
El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) es un organismo asesor del gobierno colombiano en lo que respecta al desarrollo económico y social del país.[1]
Consejo Nacional de Política Económica y Social | ||
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Información general | ||
Jurisdicción | Colombia | |
Organización | ||
Depende de | Presidencia de la República de Colombia | |
Historia | ||
Fundación | 1958 | |
Historia
editarFue creado por la Ley 19 de 1958 firmada por el presidente Alberto Lleras Camargo bajo el nombre de Consejo Nacional de Política Económica y Planeación.[2] En esa época estaba integrado por el Presidente y cuatro consejeros, dos designados por el Presidente, uno por el Senado y otro por la Cámara de Representantes.[2]
Miembros
editarEs dirigido por el Presidente de la República y su Secretario Ejecutivo es el Subdirector de Planeación.
Conpes Económico
editar- Ministro de Relaciones Exteriores
- Ministro de Hacienda
- Ministro de Agricultura
- Ministro de Industria
- Ministro de Comercio
- Ministro de Protección Social
- Ministro de Transporte
- Ministro de Medio Ambiente
- Ministro de las culturas, las artes y los saberes.
- Director de Planeación Nacional
- Gerentes del Banco de la República y de la Federación Nacional de Cafeteros
- Director de Asuntos para las Comunidades Étnicas del Ministerio del Interior
- Consejero Presidencial para la Equidad de la Mujer
Conpes Social
editar- Ministro de Hacienda
- Ministro de Protección Social
- Ministro de Educación
- Ministro de Agricultura
- Ministro de Transporte
- Ministro de Industria
- Ministro de Comercio y Turismo
- Secretario General de la Presidencia
- Director de Planeación Nacional
Funciones
editar- Presentar, para su estudio y aprobación, la programación macroeconómica anual.
- Someter a su consideración el Plan Nacional de Desarrollo, en los términos señalados en la Ley orgánica del Plan.
- Presentar, para su aprobación, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Gobierno nacional.
- Presentar, para su análisis, estudios sobre la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y sobre las políticas, estrategias, programas y proyectos del Gobierno nacional.
- Someter, para su estudio y aprobación, las bases y criterios de la inversión pública.
- Presentar, para su estudio y aprobación, el plan financiero del sector público.
- Presentar, para su estudio y aprobación, el plan operativo anual de inversiones.
- Presentar, para su estudio y aprobación, el programa de desembolsos de crédito externo del sector público.
- Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con la celebración de los contratos de empréstito de la nación o de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.
- Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con el otorgamiento de garantías por parte de la nación a los contratos de crédito interno o externo de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.
- Presentar, para su estudio y aprobación, el monto y distribución de las utilidades y los superávit de las entidades descentralizadas.
- Prestar el apoyo requerido por el CONPES en todas las demás actuaciones y funciones de su competencia.
Referencias
editar- ↑ «El Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES». www.dnp.gov.co. Consultado el 27 de septiembre de 2019.
- ↑ a b Tiempo, Casa Editorial El (28 de enero de 2004). «EL PAPEL QUE DESEMPEÑA EL CONPES». El Tiempo. Consultado el 27 de septiembre de 2019.