Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave
órgano de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional de España
El Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave (CODG) es el órgano de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional (CSN) de España en el ámbito la lucha contra la delincuencia organizada y la delincuencia grave.[1]
Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave | ||
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Localización | ||
País | España | |
Información general | ||
Sigla | CODG | |
Jurisdicción | España | |
Tipo | Órgano colegiado de asesoramiento | |
Organización | ||
Presidencia | Secretario de Estado de Seguridad | |
Composición | Véase composición | |
Depende de | Consejo de Seguridad Nacional | |
Historia | ||
Fundación | 15 de octubre de 2024 (0 años) | |
Como el resto de comités de apoyo al CSN, este se puede reunir presencialmente o telemáticamente, y puede reunirse en pleno o de forma más reducida. También puede tener grupos de trabajo.
Historia
editarEste comité se creó por Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 15 de octubre de 2024, presidido por el rey Felipe VI.[2]
Funciones
editarEn concreto, el CODG tiene asignadas las siguientes funciones:[1]
- Proponer al Consejo de Seguridad Nacional las directrices en materia de planificación y coordinación de la política de Seguridad Nacional relacionadas con la lucha contra el crimen organizado y la delincuencia grave.
- Contribuir a reforzar el adecuado funcionamiento del Sistema de Seguridad Nacional en el ámbito de la lucha contra el crimen organizado y la delincuencia grave, cuya supervisión y coordinación corresponde al Consejo de Seguridad Nacional.
- Apoyar al Consejo de Seguridad Nacional en su función de verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia de Seguridad Nacional y proponer, en su caso, su revisión, en lo relacionado con la lucha contra el contra el crimen organizado y la delincuencia grave.
- Verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave, impulsar y liderar los trabajos para la revisión de su contenido y realizar aportaciones a los procesos de elaboración de los planes estratégicos que se deriven del mismo.
- Apoyar la toma de decisiones del Consejo de Seguridad Nacional en las materias propias del ámbito de la lucha contra el crimen organizado y la delincuencia grave, mediante el análisis, estudio y propuesta de iniciativas tanto en el ámbito nacional como internacional.
- Reforzar las relaciones entre las Administraciones Públicas concernidas en el ámbito de la lucha contra el crimen organizado y la delincuencia grave, así como la coordinación, la colaboración y cooperación entre los sectores público y privado.
- Actuar en apoyo del Comité de Situación ante escenarios susceptibles de derivar en una situación de interés para la Seguridad Nacional.
- Aprobar sus propias Normas de régimen interno y funcionamiento.
- Todas aquellas otras funciones que le atribuya el ordenamiento jurídico o que le encomiende el Consejo de Seguridad Nacional.
Composición
editarEl CNSA se compone de:[1]
- El titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, que lo preside.
- El titular de la Departamento de Seguridad Nacional, que ejerce la vicepresidencia.
- El titular de la Dirección General de Coordinación y Estudios.
- El titular de la Comisaría General de Policía Judicial de la Policía Nacional.
- El titular de la Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil
- Un vocal con rango mínimo de Subdirector general o asimilado u Oficial General de los departamentos ministeriales y organismos públicos siguientes:
- El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
- El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
- El Ministerio de Defensa.
- El Ministerio de Hacienda.
- El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
- El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
- El Centro Nacional de Inteligencia.
- La Secretaría de Estado de Comunicación.
- Un funcionario del Departamento de Seguridad Nacional, que ejerce la Secretaría Técnica.
- Cuando el Presidente así lo decida, un representante del resto de los departamentos ministeriales u organismos públicos.
- Cuando el Presidente así lo decida, representantes de las demás entidades que integran el sector público institucional, del sector privado y aquellas personas en su condición de expertos cuya contribución se considere relevante.
Referencias
editar- ↑ a b c Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (18 de noviembre de 2024), Orden PJC/1290/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave (Orden PJC/1290/2024), pp. 148591-148596, consultado el 19 de noviembre de 2024.
- ↑ Press, Europa (15 de octubre de 2024). «El Consejo de Seguridad Nacional, presidido por el Rey, aborda los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo». www.europapress.es. Consultado el 19 de noviembre de 2024.