Anexo:Red Provincial de carreteras de España
La red provincial de carreteras pertenece a la red secundaria de carreteras de España.
Está formada por aquellas carreteras que son competencia de las diputaciones provinciales en las comunidades autónomas pluriprovinciales, y complementan la red autonómica de carreteras de titularidad de la comunidad autónoma.
Suelen ser el enlace entre otras zonas con las carreteras de primer nivel y segundo nivel de la comunidad autónoma a la que pertenecen, y con las carreteras de la red de carreteras del Estado. No suelen ser muy largas y su tráfico tampoco suele ser elevado.
Su titularidad hoy en día por parte de la Diputación Provincial en lugar de la comunidad autónoma se justifica por la importancia que la carretera tiene dentro de los límites de la provincia, y porque han estado a cargo de los presupuestos de las entidades locales desde antes de la creación de las comunidades autónomas. La red provincial constituía precisamente una red diferenciada de la red de carreteras locales, la red de carreteras comarcales y la red de carreteras nacionales que estaba a cargo del Estado antes del proceso autonómico.
En las comunidades autónomas uniprovinciales en cambio, la administración autonómica asumió todas las competencias de la extinta Diputación Provincial, por lo que en su caso ya no existe red provincial de carreteras por estar íntegramente asumida como red autonómica de carreteras de titularidad de la comunidad autónoma.
El identificador es de color verde o amarillo, dependiendo de si se le asigna una importancia de 2.º orden o de 3.er orden dentro de la red de carreteras. Puede llevar la letra o letras identificativas de la comunidad autónoma a la que pertenecen (XX) o el código identificativo de la provincia a la que pertenecen (YY), y un código numérico que puede ser de 3 o más dígitos identificando el orden de la carretera que le corresponde con el lugar que ocupa respecto a la red de carreteras:
YY-???? Señal S-440. Carreteras de 2.º orden (red comarcal).
YY-???? Señal S-450. Carreteras de 3.º orden (red local).
Carreteras provinciales y vecinales
editarEn algunas provincias, todavía existen carreteras locales de la Diputación Provincial, que conservan su denominación utilizando el código identificativo de la provincia YY, seguido de una "P" o una "V" según se trate de carreteras locales de importancia provincial o vecinal:
YY-P-???? con la "P" de provincial.
Estas carreteras locales tienen como cometido comunicar entre sí distintas poblaciones, o conectar entre sí carreteras de mayor importancia en la red.
ZZ-V-???? con la "V" de vecinal. También aparecían a veces como CV-???? con "CV" de camino vecinal.
Estas carreteras locales tienen como cometido proporcionar acceso a las poblaciones aisladas, u a otros puntos de interés, desde una carretera de mayor importancia.
Curiosidades
editarA pesar de que está establecido el color verde y el amarillo según si la importancia de la carretera es de 2.º o de 3.er nivel en la red de carreteras, algunas Diputaciones Provinciales y otras entidades locales supramunicipales han reglamentado para sus propias carreteras nuevos tipos de señales de identificación de carreteras, hitos kilométricos de localización, e incluso de colores identificativos, con el fin de mantener diferenciada la red provincial de la red autonómica de carreteras de titularidad de la comunidad autónoma de la que forman parte.
Sin embargo, estos colores no están normalizados en el apartado dedicado a las señales de identificación de carreteras del Real Decreto 1428/2003 del Reglamento General de Circulación.[1]
Castilla y León
editarEn las Diputaciones Provinciales de Castilla y León en los últimos años se han empezado a utilizar identificativos con el color magenta: YY-P-???? .
En la provincia de Salamanca, la Diputación Provincial tiene la siguiente nomenclatura: DSA-??? .
País Vasco
editarEn las Diputaciones Forales del País Vasco, para las carreteras que no pertenecen a ninguna otra categoría catalogada se suele utilizar el identificativo con el color gris: A-???? , BI-???? y GI-???? .
Canarias
editarEn Canarias, al carecer de un organismo que regule las provincias, no se interpretan de la misma manera de dividir las carreteras provinciales. Estas, al pertenecer a los Cabildos y dada las diferencias en cuanto a la orografía del resto del territorio, solo se presentan las carreteras de 3.º nivel. ,
Las autopistas, autovías y carreteras secundarias no presentan el indicativo de "N-???", "A-???", "AP-???" (al no existir peajes), ni itinerario europeo "E-??", sino GC-1 , TF-201 , LZ-30 y FV-605 .
En cuanto a la denominación de los códigos identificativos para todas las carreteras de cada isla son: Gran Canaria GC, Tenerife TF, Lanzarote LZ, Fuerteventura FV, La Palma LP, El Hierro HI, La Gomera GM (donde a excepción del resto de islas, se siguen conservando vías con identificativo CV).
Véase también
editar- Red de carreteras de España
- Anexo:Autopistas y autovías de España
- Anexo:Carreteras Radiales de España
- Anexo:Red secundaria de carreteras de España
- Anexo:Red Autonómica de carreteras de España
- Anexo:Carreteras Nacionales de España
- Anexo:Carreteras Comarcales de España
- Anexo:Carreteras Locales de España
Referencias
editar- ↑ Real Decreto 1428/2003, Reglamento General de Circulación Define en la Sección IV del Capítulo VI del Título IV la numeración y significado de las Señales Verticales de Circulación, e incluye en el Anexo I el Catálogo Oficial de Señales de Circulación.